Superindustria lanza la Guía para el Tratamiento de Datos Personales en la Propiedad Horizontal

Este documento tiene como objetivo principal presentar sugerencias a todo el personal que en ejercicio de su labor recolecte o trate datos personales en edificios o conjuntos residenciales.

La Superintendencia de Industria y Comercio y su Delegatura para la Protección de Datos Personales hace pública la Guía sobre el Tratamiento de Datos Personales en la Propiedad Horizontal.

El lanzamiento de este documento tiene como objetivo principal presentar sugerencias a todo el personal que en ejercicio de su labor recolecte o trate datos personales en edificios o conjuntos residenciales, ya sean comerciales o mixtos que estén sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal, para que a través de la guía puedan orientarse y así cumplir correctamente la regulación sobre el tratamiento de estos datos.  

Como complemento y para una mejor contextualización de la misma, la SIC ha publicado los siguientes documentos:

1. Cuestionario de diagnóstico para el cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 en las mipymes.

2. Cartilla de formatos modelo para el cumplimiento de obligaciones establecidas en la Ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios.

3. Guía sobre Protección de Datos Personales en sistemas de videovigilancia. 

4. Guía para la implementación del Principio de Responsabilidad Demostrada (Accountability).

Cabe aclarar que este texto contiene recomendaciones con enfoque preventivo dirigido a que los edificios o conjuntos (Responsables del Tratamiento) ya sea directamente o a través de terceros como empresas de seguridad privada (Encargados del Tratamiento) eviten vulnerar los derechos de las personas en cuanto al Tratamiento de sus Datos Personales, por lo cual no es un concepto legal ni constituye asesoría jurídica.

Por lo anterior, es preciso tener presente que las orientaciones contenidas en el texto mencionan solo algunos de los aspectos relevantes sobre la Protección de Datos Personales en el Régimen de Propiedad Horizontal, toda vez que este tipo de tratamiento es asunto interno de cada copropiedad. Sin embargo, la omisión en el documento de algunos deberes legales no les exime de cumplir con todo lo que exige la ley. 



 

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