La SIC del Cambio formula pliego de cargos contra Bavaria por el presunto incumplimiento de compromisos asumidos con la autoridad de competencia en una investigación administrativa previa

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  • La Superintendencia de Industria y Comercio investiga si Bavaria habría incumplido varias de las garantías que le fueron aceptadas en 2022 para poner fin anticipadamente a una investigación por presuntas restricciones a la libre competencia en el mercado de cerveza.
  • Los elementos recaudados indicarían que la compañía habría mantenido o implementado condiciones comerciales incompatibles con los compromisos asumidos ante la Autoridad de Competencia, tales como presuntas exclusividades no reportadas ni formalizadas, relaciones de preferencia prohibidas y penalidades asociadas al uso de equipo de frío, entre otras.
  • De comprobarse los hechos investigados, la compañía podría ser sancionada con multas de hasta 100.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Bogotá D.C., 10 de junio de 2026. La Superintendencia de Industria y Comercio, en su condición de autoridad única para la protección de la libre competencia económica, informa a la opinión pública que, mediante la Resolución No. 41359 del 3 de junio de 2026, inició una investigación administrativa contra Bavaria para determinar si incumplió las garantías que le fueron aceptadas previamente por la autoridad de competencia en 2022.

Esta actuación tiene origen en la investigación adelantada contra Bavaria en la que se indagó si esta compañía adoptó una estrategia orientada a dificultar el acceso o la expansión de competidores en el mercado de cerveza mediante el aumento significativo y desproporcionado de cláusulas de exclusividad con establecimientos de comercio dedicados a la venta de este producto. En dicha oportunidad se indicó que el comportamiento investigado pudo afectar a los consumidores, pues los habría privado de contar con más opciones, mayor diversidad de productos y mejores precios. Para lograr el cierre anticipado de esa investigación, Bavaria se obligó a eliminar cláusulas de preferencia, reducir sustancialmente el uso de exclusividades y flexibilizar las condiciones comerciales aplicables a los establecimientos con los que mantenía este tipo de acuerdos.

Posteriormente, en ejercicio de sus funciones de seguimiento de estos compromisos, la entidad recibió información y denuncias sobre el incumplimiento de estos compromisos. En el caso de Central Cervecera de Colombia, aportó información de visitas comerciales realizadas a establecimientos de comercio en distintas regiones del país. La información allegada incluye registros individualizados de los establecimientos visitados, los hechos observados en cada punto de venta y la descripción de las relaciones comerciales con Bavaria que resultarían incompatibles con las garantías aprobadas.

Con fundamento en la información aportada por terceros y la recaudada por la entidad, que implicó realizar más de 100 visitas administrativas a establecimientos de comercio dedicados a la venta de cerveza en Bogotá, Barranquilla, Bello, Cali, Envigado, Itagüí, Medellín y Tunja, requerimientos a agentes del mercado y la práctica de declaraciones a personas con conocimiento de los hechos investigados, la Superintendencia encontró elementos suficientes para determinar que BAVARIA habría incumplido los compromisos asumidos en 2022.

La evidencia indicaría que la compañía celebró contratos de patrocinio con establecimientos de comercio en los que se habrían incorporado condiciones comerciales incompatibles con los compromisos asumidos con la autoridad. Entre las conductas identificadas se encontrarían: (i) presuntas exclusividades no reportadas ni formalizadas conforme a las garantías aceptadas, (ii) relaciones de preferencia prohibidas, (iii) la subordinación del suministro del producto a la aceptación de condiciones accesorias, (iv) penalidades asociadas al uso de equipo de frío y (v) la adopción de obligaciones de compra mínima.

Para la Delegatura de Competencia, estas medidas en lugar de favorecer las condiciones de competencia como se buscaba con las garantías, habrían promovido el mantenimiento de mecanismos orientados a restringir la capacidad de los establecimientos para comercializar productos de empresas competidoras y, en consecuencia, habrían limitado la presencia y expansión de otras marcas de cerveza en los puntos de venta.

Con esta actuación, la Superintendencia de Industria y Comercio reafirma su compromiso con la protección del derecho que le asiste a los competidores de acceder en condiciones de igualdad a los mercados nacionales, particularmente, en aquellos donde la presencia de agentes económicos con alto poder de mercado es representativa. De la misma forma, esta decisión constituye un llamado a las empresas que han asumido obligaciones en el marco de garantías, medidas cautelares, órdenes administrativas y condicionamientos en integraciones empresariales a honrar los compromisos asumidos previamente con la autoridad de competencia.

Los terceros que tengan interés de intervenir en la actuación administrativa podrán hacerlo en los términos previstos en el artículo 38 de la Ley 1437 de 2011 y demás normas aplicables, dentro de los plazos señalados en la resolución de apertura publicada por la entidad.

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