Protección de los niños, niñas y adolescentes en el estatuto del consumidor

El estatuto del consumidor reconoce expresamente en el numeral 5 del artículo 1 la calidad de consumidores que tienen los niños, niñas y adolescentes, a quienes les son aplicables integralmente todos los derechos previstos en esta Ley y en las normas que la reglamenten. Adicionalmente, existe una regulación especial para la protección de los niños, niñas y adolescentes en materia de (i), información (artículo 28 de la Ley 1480 de 2011, en concordancia con los artículos 2.2.2.33.1., al 2.2.2.33.9., del Decreto 1074 de 2015)  y de (ii) protección dentro del comercio electrónico (artículo 52 de la Ley 1480 de 2011).


 

Archivos adjuntos
Publicado
Compartir FacebookFacebookFacebook